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Telecinco y Atresmedia ganan el pulso legal por los derechos de autor a la SGAE

MadridLa Audiencia de Madrid ha fallado a favor de las grandes cadenas de televisión, obligando a la SGAE a revisar su sistema de reparto de derechos de autor en función de las franjas horarias de emisión.

Nuevo varapalo judicial a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Esta vez, al nuevo sistema de reparto entre los autores de las tarifas que pagan las televisiones por emitir música según la franja horaria. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, obliga a recalcular las liquidaciones del último año y medio, un monto que podría suponer cerca de 90 millones de euros a repartir entre los más de 80.000 músicos y compositores que forman parte de esta institución.

Precisamente, han sido las grandes cadenas de televisión privadas, entre las que se encuentran Telecinco y Atresmedia (Antena 3 y La Sexta), las que promovieron una demanda contra la decisión de la junta directiva de la SGAE de modificar el sistema de reparto por franjas horarias. Para ello, encargaron al despacho Chávarri Abogados que iniciara las acciones legales oportunas.

En primera instancia, en una sentencia de diciembre de 2015, el fallo fue favorable a la Sociedad General de Autores. Sin embargo, la Audiencia da ahora la razón a los demandantes. Desde hoy, la SGAE tiene un plazo de 20 días para recurrir ante el Supremo, aunque la falta de jurisprudencia sobre este tema complica esta vía, ya que para que prospere el asunto en el Alto Tribunal se necesitan varias sentencias de audiencias provinciales que se contradigan.

Independientemente del camino que emprenda la SGAE, los autores pueden empezar a reclamar a la institución desde hoy mismo. Las principales perjudicadas de esta decisión son las grandes discográficas que operan en España, ya que el nuevo sistema premiaba a los artistas que se emitían en prime time (entre las 20.00 horas y las 00.30 horas) en una proporción cinco veces superior a los de horario de mañana (de 9.00 horas a 14.00 horas). En el sistema antiguo, aunque también existían diferencias, eran mucho menores.

 Batalla legal

El problema se remonta a noviembre de 2014. Entonces, la junta directiva de la SGAE propone modificar el reparto de las franjas horarias y acuerda someterlo a la votación de la asamblea (integrada por todos los socios). Sin embargo, ésta, reunida en enero de 2015, vota en contra. Aun así, en febrero, la junta directiva considera que tiene competencia para realizar el cambio, a pesar de la opinión contraria de la asamblea.

En primera instancia, el juez da la razón a la SGAE, al asegurar que los estatutos de la institución le confieren la facultad para modificar el reglamento. Sin embargo, la Audiencia revoca este punto al considerar que, en el momento en el que cualquier decisión se somete a un órgano superior, como es la asamblea de socios, ésta es la decisión que debe prevalecer por encima de cualquier otra. Los magistrados son contundentes en el fallo: «No permite a la junta directiva recuperar una competencia cuando ha cedido la misma a la asamblea general, pues ello constituiría no sólo una actuación contra los propios actos, sino que la misma, incluso, pudiese constituir un cierto fraude: se elevó la cuestión a la asamblea para que ésta decidiese, y cuando su decisión no agrada, la junta directiva se considera competente para adoptar la decisión».

Aunque en materia legal todo es interpretable, a priori, la Audiencia tampoco permite a la SGAE volver a repetir el proceso de modificación de las franjas horarias, esta vez sin someterlo a consulta de la asamblea para que así sea legal, ya que en el fallo también se ordena a la institución a que «se abstenga de ejecutar los acuerdos o realizar actos que favorezcan o promuevan sus efectos». Además, la sentencia tiene carácter retroactivo, por lo que obliga a revisar los pagos por derechos de autor desde junio de 2014 (que es cuando se aplicó el nuevo sistema de liquidación).

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